Tareas incompatibles.

Posted by Blogger on 12:29 PM
   Desde siempre, desde mucho antes de la grotesca crisis de probidad que afecta a la institucionalidad de acreditación en Chile, hubo un aspecto del proceso que nos sumía en la perplejidad.
        Cuando se sabía quiénes eran aquellos pares evaluadores de las Universidades que trabajan en los procesos de acreditación institucional, el observador imparcial tenía todo el derecho a preguntarse:
        ¿Cómo es posible que el Director de Asuntos estudiantiles de la Universidad A, que legítimamente compite con la Universidad B, forme parte de una comisión evaluadora que
       a.      va a conocer toda la información más íntima de la institución B;
        b.      va a conocer todos los planes de desarrollo de la institución B;
        c.      va a recomendar el número de años de acreditación que se le entregan a la institución B;
        d.      va a tomar decisiones sobre el presente y el futuro de la institución A.
        Bueno, pero se trata sólo del Director de Asuntos estudiantiles.
        No: se ha tratado también de Vicerrectores, de Directores generales, de Decanos o Directores de Escuelas o Programas de Postgrado, de miembros de Consejos de Facultad, etc.,  es decir de personas pertenecientes a la Universidad A, sumamente interesadas en las condiciones generales de competencia, mercado en el que justamente participa la Universidad B.
        El silencio de oficio está contemplado en las condiciones de trabajo de los pares evaluadores, y la experiencia ha indicado que han sido buenos administradores de la información obtenida, pero eso no evita que al momento de tomar decisiones en sus respectivas corporaciones los datos obtenidos en la acreditación de la institución competidora hayan estado presentes. Si como par evaluador yo sé que la Institución B abrirá Ingeniería en Alimentos en dos años más y en mi Universidad se está estudiando también lo mismo, ¿no tengo acaso un dato que incide en mi propia toma de decisiones?
     Curiosamente, a nadie le extraña que quienes están en órganos directivos en una determinada Universidad no puedan formar parte de órganos colegiados o tener tareas de dirección unipersonal en otras corporaciones. Obvio. Tendrían información privilegiada. Pero en materias de acreditación, el criterio no ha sido el mismo.
       La nueva institucionalidad de acreditación tiene sólo dos opciones: o abre concursos públicos para profesores que no tengan cargos de ningún tipo en las Universidades o traslada la acreditación a instituciones extranjeras.
  Lo demás es broma; o drama.

Gonzalo Rojas Sánchez
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